La Rioja Salud

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sábado, julio 19, 2008

Aprobado el decreto que hará posible el uso de desfibriladores externos por parte de personal no médico.

El Gobierno de La Rioja aprobó hoy el decreto que hará posible el uso de desfibriladores externos por parte de personal no médico. El decreto recomienda su uso en toda instalación con un flujo de más de quinientas personas al día. Los centros privados no estarán obligados a comprarlos, pero todos los públicos de estas características los tendrán, según la previsión del Gobierno.

El consejero de Presidencia, Emilio del Río, y el Salud, Jose Ignacio Nieto, ofrecieron una rueda de prensa momentos después del Consejo de Gobierno, en el que, entre otras cosas, se aprobó este decreto, que se enmarca dentro el Plan 'La Rioja cardioprotegida'.

Cada año, según datos aportados por Nieto, se producen 370 ataques cardíacos en La Rioja, y ochenta personas pierden la vida de esta forma. Para reducir este número, en cuatro años, "toda La Rioja" tendrá desfibriladores a disposición del personal no médico y en lugares públicos.

Tras instalar uno en Riojaforum, el Gobierno riojano instalará dos la semana que viene en el Palacio de los Deportes y en la Adarraga. Después, se colorarán en el Ayuntamiento de Logroño y en las instalaciones deportivas de Pradoviejo.

Estos cinco primeros equipos han supuesto un coste, para el Gobierno riojano. El consejero explicó que, además de instalar los aparatos, en cada lugar se formará a, al menos, tres personas para que sepan usarlos.

La tecnología permite que el propio aparato realice un diagnóstico al paciente y que sólo administre las descargas eléctricas cuando sea necesario, sin precisar que intervenga un médico. Por tanto, tal y como aseguró Nieto, no hay peligro de descarga eléctrica innecesaria bajo ningún concepto).

El Decreto que se aprueba hoy regula la instalación, utilización y mantenimiento de desfibriladores semiautomáticos externos, y recomienda su instalación en aquellas entidades, empresas, establecimientos o servicios públicos y privados, donde reciban, transiten o permanezcan grandes concentraciones de personas.

El objetivo fundamental del Decreto es, además, regular las condiciones de uso de los desfibriladores semiautomáticos por personal no facultativo y promover su instalación en La Rioja, fomentando la formación y la coordinación de todos los dispositivos de alerta sanitaria.

La norma aprobada hoy indica que cualquier organismo o institución, empresa pública o privada o particular, podrá instalar en sus dependencias o domicilio uno o varios desfibriladores para su utilización por personal no médico.

Además, establece que antes de su instalación, los interesados deberán solicitar autorización en la Dirección General de Aseguramiento, Acreditación y Prestaciones de la Consejería de Salud, que resolverá en el plazo de un mes.

Por otro lado, antes de comenzar a utilizar los desfibriladores, quienes los tengan instalados en sus dependencias o domicilio, deberán inscribirse en los registros administrativos habilitados por el Gobierno de La Rioja.

En concreto, la Consejería de Salud ha creado un registro de organismos, empresas y domicilios con desfibriladores, un registro de personas acreditadas para el uso de desfibriladores, y el registro de las entidades acreditadas para impartir programas de formación.

Algunos de los lugares donde deberá ubicarse un desfibrilador externo, según el Decreto, son el edificio de Presidencia del Gobierno de La Rioja; el aeropuerto, estaciones de ferrocarril y autobuses de Logroño; centros comerciales con una superficie superior a 1.000 metros cuadrados; estadios, centros deportivos, locales de espectáculos, salones de conferencias, eventos o exposiciones, centros educativos y empresas con capacidad, o en las que transiten, más de 500 personas por jornada.

El Decreto establece que toda actuación con desfibriladores deberá ir acompañada, de manera inmediata, de la comunicación al Servicio de Urgencias, a través del teléfono 112, con el fin de garantizar el control médico de la actuación y la continuidad asistencial de la persona atendida.

Por otro lado, los titulares de los establecimientos que tengan instalados los desfibriladores serán los responsables de su mantenimiento y conservación.